La Audiencia Nacional ha absuelto a H.B.T., el ciudadano marroquí para quien el fiscal pedía 12 años de prisión por presuntos delitos de abuso sexual contra un menor en Puertollano. La sala «no ha podido alcanzar la plena convicción sobre la existencia de los abusos denunciados por parte del acusado», por lo que, ante las «serias dudas» suscitadas, y en aplicación del principio in dubio pro reo, ha pronunciado una sentencia absolutoria.
Según consta en a sentencia, «la prueba que ha sido practicada, ha consistido en el testimonio del menor J.A.C., único testigo directo, siendo el resto de los testigos propuestos por las acusaciones e incluso por la defensa, testigos de referencia». Además, y según el magistrado, «la actitud del menor al prestar su testimonio, teniendo en cuenta su corta edad, y la dura vivencia que presuntamente había experimentado, fue una actitud que se podría calificar, con los matices propios de la corta edad, de una cierta frialdad, narrando los hechos de una forma mecánica , y ajustándose de una forma alto sorprendente a los hechos objeto de la acusación».
En la sentencia se indica asimismo que «estas dudas aumentan tras la práctica del resto de la prueba testifical, la cual puso en evidencia un entorno familiar del menor del que se objetiva que su testimonio pudo verse influenciado o motivado por sentimientos en contra del acusado».
«Como colofón a todo ello», concluye «existen unos datos objetivos que se presentan como obstáculos para apreciar una credibilidad plena, a saber, en primer termino, el lugar donde se llevaron a cabo los presuntos actos de abusos sexuales, en el salón de un inmueble de escasas dimensiones, donde el menor nunca durmió solo; y en segundo termino, el dato igualmente objetivo de que, a pesar de ser conocedor el acusado de la denuncia de hechos graves interpuesta contra él mismo, hallándose en Marruecos, regresó a nuestros país, para someterse a la acción de la justicia».