«A partir de ahora, gracias al acuerdo alcanzado durante el último pleno celebrado en Bolaños, la ciudadanía de este municipio, y quien así lo desee, podrá tener acceso a los contenidos de las sesiones plenarias que se lleven a cabo en el salón de plenos de su Ayuntamiento, gracias a la aprobación del régimen jurídico específico», señala en Ayuntamiento en nota de prensa, pese a que la grabación y difusión del contenido de las sesiones plenarias es un derecho que no requiere autorización, según señala numerosa jurisprudencia.
Según el Ayuntamiento, el logro se consigue «gracias a la aprobación del régimen jurídico específico incorporado en el artículo 61 del Reglamento Orgánico Municipal, sobre la grabación por medios técnicos fidedignos de reproducción de la imagen y el sonido, y la difusión de las sesiones plenarias a través de Internet u otros medios».
Esta iniciativa, según el Consistorio, «se une a la llevada a cabo el pasado año desde la Concejalía de Nuevas Tecnologías y Comunicaciones del Ayuntamiento de Bolaños de Calatrava, que hizo posible la implantación en Internet de la Radio Local Radio Bolaños en el portal web municipal, al objeto de que pudiera ser escuchada por los radioyentes que lo deseen, con la intención, gracias a la creación y mantenimiento de espacios de índole e interés diverso para distintos colectivos, de que se consolidara como una verdadera herramienta al servicio de la participación ciudadana».
En palabras del alcalde de Bolaños, Miguel Ángel Valverde, “se trata de un ejercicio más de transparencia y de participación ciudadana siguiendo un compromiso electoral que permitirá a la ciudadanía bolañega tener a su disposición el contenido íntegro de los plenos celebrados en el Consistorio para su conocimiento, acercando así la administración local a la ciudadanía y cumpliendo uno de nuestros ejes de gobierno de la presente legislatura”, ha continuado el edil.
Según el concejal de Nuevas Tecnologías, Ángel Fernández, “esta novedad es un claro ejemplo más de que este tipo de acciones provienen del empeño y del esfuerzo que nos habíamos propuesto para crear recursos que mejoren diariamente el bienestar social de todos los ciudadanos, contribuyendo al desarrollo de la sociedad de la información y a una mayor transparencia en la gestión municipal”.
La propuesta llevada al Pleno de la Corporación para su definitiva aprobación, esgrime como argumento principal «la necesidad de transparencia y la interacción entre la acción administrativa y los ciudadanos, como elementos clave para encauzar una relación entre ambas partes, dando cumplimiento de esta forma, al derecho fundamental recogido en el artículo 23 de la Constitución Española, de participar en los asuntos públicos directamente o por medio de representantes».
No obstante, el Ayuntamiento establece unos límites. Las grabaciones de dichas sesiones plenarias —imagen y sonido— se entregarán a la Secretaría de la Corporación para que las custodie junto con el expediente en papel para que cree y se responsabilice de un Archivo o fichero de datos que contenga las grabaciones de las sesiones plenarias.
En el caso de difusión en la web municipal, bien sea de las Actas plenarias en formato escrito por medios electrónicos en formato PDF, o bien sea de las grabaciones de dichas sesiones plenarias con soporte de imagen y sonido, «deberá llevarse a cabo previamente una labor de contraste y expurgo en cumplimiento de la citada Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, en lo relativo a aquello que afecte a datos personales o a la imagen de las personas, para que no sean objeto de difusión masiva vía Internet».
Si tras la difusión se hubieran difundido datos personales o íntimos relativos a las personas, éstas tendrán derecho al acceso, y a pedir la rectificación, ante el Ayuntamiento como órgano administrativo responsable del fichero, que tras su creación, lo habrá de notificar a la Agencia Española de Protección de Datos.
Más adelante, deberá incorporarse en la Ordenanza Municipal de Protección de Datos de Carácter Personal el fichero denominado “actas y sesiones de pleno”, cuya finalidad y usos previstos serán las grabaciones de sonido y vídeo como medio de apoyo para transcripción de actas y sesiones, para su difusión pública posterior.
Tras la aprobación de dichas modificaciones, tanto del Reglamento Orgánico Municipal, como de la Ordenanza Municipal reguladora de la creación, modificación y supresión de ficheros de carácter personal, se someterán tales modificaciones a información pública y audiencia de los interesados por plazo de treinta días, mediante anuncio en el B.O.P y en el Tablón de Anuncios Municipal al objeto de que puedan presentarse las reclamaciones oportunas.
«El sistema con el que cuenta la emisora de Radio local, Radio Bolaños, permitirá subir los archivos grabados, por lo que podrá ser utilizado como un Espacio Multimedia donde alojar la información relativa a las sesiones plenarias celebradas en el Ayuntamiento de Bolaños a disposición de las personas interesadas», concluye el Ayuntamiento.
Pero que clase de acuerdo es ese?? Todavía no se enteran estos que van de democráticos y transparentes, que la grabación de un acto publico como es un pleno municipal no tiene por que regularse, que es un derecho que recoge la constitución y que puede ejercer quien quiera. Pero que es eso de que deberá ser entregado a la secretaría? Vergüenza me dan!