El Ayuntamiento de Almagro bonificará el gravamen de las parcelas en suelo urbanizable hasta un 75%

El Ayuntamiento de Almagro ha modificado la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles en relación al suelo urbanizable. Las parcelas inscritas bajo este epígrafe por su ubicación pagaban los mismos que los bienes inmuebles en suelo urbano cuando no tiene el mismo rendimiento. Por este motivo, y a sugerencia y demanda de vecinos que veían lesionados sus derechos, durante el último pleno se acordó la modificación que permite la Ley que consiste en aplicar una bonificación del 50 por ciento para todo el suelo urbanizable que se puede ampliar otro 25 por ciento si por diferentes causas después del informe técnico y análisis de la Junta de Gobierno Local.

Ambos grupos municipales que conforman el Pleno del Ayuntamiento de Almagro votaron a favor de esta medida. El concejal de Economía, José Luis Soto, explica que los vecinos con parcelas en suelos urbanizable- como su propio nombre indicia es una palabra de futuro, aún no es suelo urbano- estaban en una situación desfavorable ya que cuenta con infraestructuras o equipamientos inferiores a las zonas consolidadas del municipio.

Respecto a la posibilidad de ampliar hasta un 75 por ciento la bonificación, Soto justifica la medida con un ejemplo: una finca por la que pase el cauce del Pellejero, no está en igualdad de condiciones que otra finca con actividad también de carácter agrícola situada en otra ubicación. Para acogerse a estas bonificaciones es necesario presentar una solicitud al Ayuntamiento.

El partido socialista se mostró muy a favor de la bonificación, pero cree mejor que “se fije en la ordenanza los casos en los que puede ampliar ese 25% y no se deje al análisis de la Junta de Gobierno, ya que puede ser un punto conflictivo”. Soto, al igual que el alcalde, Luis Maldonado, aclararon, durante el Pleno, que el incremento de la bonificación se realizará previo informe técnico.

A finales de mes, finaliza el plazo de exposición al público para presentar las reclamaciones y afecto de examen. Tras este periodo, y si ha habido reclamaciones su aprobación definitiva por el Pleno, la modificación entrará en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

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