El Supremo reconoce los servicios de los profesores de religión a efectos de valoración en las oposiciones

El Tribunal Supremo ha dado la razón al sindicato CSI·F, en recurso de casación, sobre reconocimiento de servicios a los Profesores de Religión, a efectos de su valoración en los concurso-oposición para obtener la titularidad. «De la importancia de la sentencia da el dato de que solamente en la provincia de Ciudad Real, existen más de 200 profesores de religión», señala el sindicato.

La reciente sentencia del Tribunal Supremo ordena valorar la experiencia docente previa adquirida como profesor de religión en centros públicos, en este caso, en un Instituto de Enseñanza Secundaria.

El Tribunal recuerda que, en sentencias anteriores, ya ha declarado que, a efectos de valoración de méritos, es ajustada a derecho la decisión de computar como experiencia docente la referida a la enseñanza de la asignatura de religión.

La Sala del Supremo señala que la pretensión se ajusta a las bases de la convocatoria y a lo establecido en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 10/2002, sobre calidad de la enseñanza que debe imponerse a los Reales Decretos de la Administración Educativa. CSI·F resalta que el Tribunal Supremo incide en que este hecho no vulnera los principios de igualdad, mérito y capacidad ni puede ser tachada de discriminatoria.

CSI·F valora «el haber obtenido esta nueva sentencia que consolida nuestra defensa de un colectivo que ha sido injustamente tratado durante años por algunas administraciones».

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