Ante el anuncio del Ministro de Justicia de habilitar el mes de agosto para todas las actuaciones procesales, la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados quiere expresar su rechazo unánime a dicha propuesta. El problema de la Administración de Justicia no es el mes de agosto, sino los 11 meses restantes. De adoptarse tal medida se incrementaría de forma notable el número de juicios que se suspenderían debido a la incomparecencia de partes, testigos y peritos ya que, como es obvio, en el mes de agosto es cuando la mayoría de los españoles disfrutan de sus vacaciones, razón que motivó en su día la inhabilitación de agosto respondiendo al sentir general de todos cuantos actúan en la Administración de Justicia. Además se produciría, probablemente, una ralentización del funcionamiento de la justicia en los meses de julio y septiembre al tener que repartir en ese periodo sus vacaciones jueces y funcionarios.
La medida atentaría además contra los derechos de los abogados, sobre todo en el caso de pequeños despachos y de quienes ejercen de forma individual, ya que, actualmente, en los 11 meses restantes, los mismos no pueden alegar situaciones de descanso para suspender plazos o términos procesales.
Es preciso aclarar que la vigente inhabilitación del mes de agosto opera sólo en el ámbito civil y contencioso-administrativo, ya que todo el mes de agosto es hábil para tramitar asuntos laborales y penales y, de hecho, todos los Servicios de Guardia del Turno de Oficio del Colegio de Abogados (Asistencia a Detenidos, Juicios Rápidos, Violencia de Género y Extranjería) están plenamente operativos en el mes de agosto al igual que las 24 horas de cualquiera de los 365 días del año.
Por todo ello, por su ineficacia y por atentar contra los derechos de los abogados, se expresa el rechazo a tal propuesta.