La Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) de Miguelturra informa sobre diversas cuestiones a tener en cuenta con respecto a las compras de rebajas. Por rebaja se entiende una reducción del precio del producto en relación con su precio habitual. Esta reducción del precio en ningún caso implicará reducción de la calidad del producto vendido.
Así, los productos rebajados tienen que mostrar el precio antiguo y el rebajado esto implica que no se pueden vender como productos rebajados los deteriorados o de baja calidad o los adquiridos expresamente para esta finalidad. Los productos que se venden en período de rebajas tienen que haber estado a la venta anteriormente al inicio de las rebajas.
Por otra parte la OMIC informa que si el comercio tiene publicitado de cualquier manera que acepta el pago con tarjeta debe aceptar este medio de pago siempre, también en rebajas.
La única forma legal que tiene un comercio de negarse a aceptar tarjetas en rebajas es por medio de la misma publicidad. El hecho de que no se acepten tarjetas en rebajas se debe anunciar durante todo el año, esta publicidad puede hacerse por medio de un cartel situado en un lugar visible del comercio y que se encuentre siempre presente.
Respecto a los cambios y devoluciones, hay que distinguir entre las devoluciones que se hacen porque el producto es defectuoso y las que se cambian porque al cliente no le gusta el producto, porque la talla no es la correcta, etc. En el primer caso es obligatorio aceptarlas siempre pues la normativa sobre garantías lo impone. El aceptar el resto de las devoluciones queda totalmente dentro de la voluntad del comerciante.
En principio un comercio no tiene por qué aceptar estos cambios o devoluciones, se trata de una política comercial que cada empresa tiene derecho a fijar de forma individual, ahora bien, estos cambios se deben aceptar en los mismos términos que fuera de la temporada de rebajas. Si no se aceptaban durante el resto del año tampoco es necesario hacerlo ahora pero si la política del comercio es aceptarlos durante todo el año tiene que seguir haciéndolo durante las rebajas.
Por otra parte, si los cambios se hacen habitualmente en dinero es obligatorio seguir haciéndolo igual en rebajas. De nuevo cabe la posibilidad de poner un cartel anunciando que en rebajas los cambios se harán en vales para poder utilizar este sistema en esta época.
Además, si se hace un vale por una devolución en rebajas se debe hacer siempre por el importe pagado por el cliente, si éste pagó el precio original no rebajado se debe hacer el vale por el precio original, pero si el vale se hizo durante las rebajas y el cliente había abonado el precio rebajado, el importe del vale será por este importe rebajado.
Si en el vale no se dice nada se supone que tienen validez durante todo el año, sea o no rebajas. Pero cabe la posibilidad de indicar en el propio vale las condiciones para su canje.
Respecto al Importe que hay que devolver cuando se cambia algo comprado fuera de las rebajas en época de rebajas este debe ser siempre el importe efectivo que pagó el cliente, no se puede devolver el importe rebajado porque supondría un enriquecimiento injusto para el comercio.