ASAJA Ciudad Real informa de la reciente aprobación de una nueva Ley, de agosto de 2010, por la que se establece un sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos, que también incluye a los agricultores y ganaderos.
Según contempla, tendrán derecho a este sistema de protección los afiliados que estén en situación de alta y tengan cubiertas las contingencias profesionales (de accidente de trabajo y enfermedad profesional…), en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.
Este sistema se extenderá a todos aquellos trabajadores que cesen en el ejercicio de su actividad, de forma definitiva o temporal, por causas como pérdidas derivadas del ejercicio de su actividad en un año completo (superiores al 30% de los ingresos), o superiores al 20% en dos años consecutivos y completos, o por causas de fuerza mayor.
Esta decisión será voluntaria y los interesados en acogerse a este sistema deberán contratar próximamente y durante, al menos, el periodo de un año la cobertura de desempleo, marcada con un incremento del 2,2% sobre la base de cotización.
El importe de la ayuda será del 70% de la base reguladora y la duración de la prestación estará en función de los períodos de cotización efectuados dentro de los 48 meses anteriores a la situación legal de cese de actividad, yendo de 2 a 12 meses.
Para tener derecho a este sistema de protección es necesario estar afiliado, en situación de alta y cubiertas las contingencias profesionales en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos;?tener cubierto el período mínimo de cotización por cese de actividad, encontrarse en situación legal de cese de actividad; no haber cumplido la edad ordinaria para causar derecho a la pensión contributiva de jubilación y hallarse al corriente de pago de las cuotas de la Seguridad Social. No obstante, si el trabajador autónomo se pusiera al corriente de pago, se le permitía solicitar las ayudas de esta nueva Ley.