El Gobierno liberalizará los servicios para crecer más y rebajar la inflación. La ley paraguas eliminará las barreras para hacer atractivo que, empresas de la Unión Europea se establezcan en España.
El Diario Montañés del sábado 18 de octubre, en información de M. J. Alegre periodista de la agencia COLPISA, de las declaraciones del Vicepresidente Económico Sr. D. Pedro Solbes. Hacia público lo siguiente:
{mosgoogle}El Consejo de Ministros dio luz verde este viernes al anteproyecto de una 'ley paraguas' que liberaliza el acceso y ejercicio de las actividades en el sector servicios, y que va más allá de la simple transposición de la directiva comunitaria. Alimenta, entre otros, el objetivo de que muchas empresas de otros estados miembros de la Unión Europea encuentren más atractivo establecerse aquí. Ya era hora, aunque tarde. Hay un refrán que dice: mas vale tarde que nunca. Pero; ¿qué hubiera pasado si estas medidas se hubiesen tomado hace años? Igual hubiesen servido para haber evitado el paro que ahora padecemos, y, que no pensábamos que volvería nunca. Porque; no esta Solves sacando un conejo de la chistera con esta “Ley paraguas”. Son los Tratados llevados a la practica, por medio de la Directivas votadas en el Parlamento Europeo, de obligado cumplimiento por sus Estados miembros.
Aunque la aplicación de la directiva europea tiene de plazo el 28 de diciembre de 2009, los efectos positivos de la transformación se dejarán sentir poco a poco. Una ley ómnibus hará posible que, antes de que termine el año modificar 80 Ordenes Ministeriales, y 370 Reales Decretos. Si una empresa hispano-europea estuviera en condiciones de acogerse a este plan ya: ¿seria posible?
La supresión de la segunda licencia para la apertura de establecimientos comerciales plenamente afectada por el anteproyecto, figurará además en una ley general de Comercio que ya está en fase de elaboración. Y si además la hispano-europea estuviera en posesión de contratos en España, así como, de las infraestructuras y medios necesarios para, la puesta en marcha de 500 puntos de trabajo ya dados de alta en este país, y en plazo de menos de 30 días, ¿dejaría el Gobierno dar este paso?
La 'ley paraguas' consagra el principio de libre establecimiento. Contemplado en el Tratado de Ginebra de 1957. Se eliminarán, por tanto, las autorizaciones administrativas que no estén justificadas por razones de interés general y las que sean desproporcionadas. Terminarán, con ello, las improductivas esperas hasta la concesión de una licencia, porque el sistema de autorizaciones se sustituirá por notificaciones o declaraciones responsables a la autoridad competente. Vendrán después los servicios de inspección y control a comprobar, a posteriori, el cumplimiento de los requisitos.
Allí donde se mantengan regímenes de autorización, el permiso obtenido será válido para todo el territorio nacional y tendrá duración indefinida.
El plazo de respuesta se rebajará y el silencio administrativo equivaldrá a una respuesta positiva.
Se reducirán cargas administrativas de inscripción en registros, renovación de autorizaciones, duplicación de trámites para la apertura de sucursales, etc.
Para que España resulte más atractiva a las empresas de otros estados miembros de la UE, se garantiza la libre prestación de servicios para prestadores ya establecidos en otro país comunitario. Directiva 98/34CE. No será necesario obtener autorización de las autoridades españolas. Si los productos que se pretende comercializar en España disponen de los pertinentes certificados de homologación del país de origen del producto; siempre de la Unión Europea; será suficiente. Igualmente, la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas ha establecido que, en ausencia de una cláusula de reconocimiento mutuo, los Estados miembros deben establecer procedimientos simplificados que permitan verificar que los productos legalmente fabricados y/o comercializados en otros Estados miembros, cumplen con estándares equivalentes (bien de seguridad, de salud pública, medioambientales, etc.) a los del Estado miembro donde el producto vaya a comercializarse.
Estos procedimientos simplificados deben ser garantístas, es decir, deben ser conocidos por antelación por los operadores económicos, deben tener en cuenta la documentación elaborada en los otros Estados miembros, deben ser breves en cuanto a plazos, e igualmente, los operadores económicos deben poder tener vías de recurso contra las decisiones adoptadas en dicho procedimiento. Es decir, deben ser transparentes y eficaces. Pues veremos de que es capaz nuestro Gobierno y, si esta preparado para que las Directivas se cumplan sin mas adornos. En los próximos días, la empresa ecoplaca que funde en España y ahora hispano-europea, volverá a presentar los documentos que, desde hace años están siendo rechazados por el Gobierno. Para esta ocasión además de registrarlos en: La Moncloa, Ministerios de Interior, Asuntos Exteriores, Industria Ciencia y Desarrollo Tecnológico, se los llevare al de Economía y Hacienda para ver, si ese era el fallo por el cual no se estaban cumpliendo los Tratados de la UE y sus Directivas.