Con motivo, o no, de la crisis económica es previsible una oleada de despidos en los que la alegación principal sea la situación de crisis empresarial. Sin embargo, y aun pudiendo ser cierta la causa remota de esa extinción laboral, no todas las fórmulas estarán justificadas y fundamentadas, legalmente, en este supuesto, lo que conllevará incremento de gastos o perjuicios indemnizatorios a empresas y trabajadores.
Pues bien, la experiencia demuestra que, al final, se procede a “terminar contratos”, “despedir disciplinariamente”, en definitiva, haciendo lo contrario de lo que la ley tiene previsto, porque todo se reducirá a una cuestión de determinación del costo del “despido” y sin saber qué parte de todas esas extinciones serán imputables directamente a causas reales de crisis. Habrá que estar atentos.